Seguridad privada comercial e industrial
El servicio consiste en tener oficiales de seguridad estrictamente seleccionados, entrenados, equipados y organizados para ejecutar de manera eficiente las funciones correspondientes a las medidas activas (Patrullaje, Registro, Control y Chequeo) así como también operar y controlar las medidas pasivas establecidas en una instalación.
Es fundamental proporcionar la prevención y protección contra accidentes capaces de producir daños a las personas, a los bienes o al medio ambiente derivados de la actividad industrial.
Así como prevenir, detener y disuadir las amenazas y factores de riesgo que puedan afectar la integridad de las personas o bienes que tengan a su cargo en comercios o establecimientos comerciales.
Vigilancia Privada Industrial
A esta unidad administrativa Industrial le corresponde efectuar el control y seguimiento del cumplimiento reglamentario de las políticas y protocolos que forman parte de sus áreas de actuación:
Aparatos elevadores (ascensores, grúas torre y grúas autopropulsadas)
Instalaciones térmicas (calefacción, climatización y agua caliente sanitaria)
Equipos
Almacenamientos
Prevención de accidentes graves
Vigilancia Privada Comercial
El servicio define de forma objetiva las funciones de vigilancia tales como:
Contribuir a la prevención del delito, reduciendo las oportunidades para la actividad criminal y desalentando la acción de los criminales, en colaboración con las autoridades de la República.
Observar en el ejercicio de sus funciones el cumplimiento de las normas legales y los procedimientos establecidos por el Gobierno nacional, así como las órdenes e instrucciones impartidas por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.
Asumir actitudes disuasivas o de alerta, cuando observen la comisión de actos delictivos en los alrededores del lugar donde están prestando sus servicios, dando aviso inmediato a la autoridad, de manera que pueda impedirse o disminuir sus efectos.
El vigilante de seguridad que tenga conocimiento de la comisión de hechos punibles, durante su servicio o fuera de él, deberá informar de inmediato a la autoridad competente y prestar toda la colaboración que requieran las autoridades.
Prestar apoyo cuando lo soliciten las autoridades con el fin de atender casos de calamidad pública.
Los demás deberes establecidos en la normatividad vigente.
Controlar los accesos al Comercio, aplicar medidas de bio seguridad, realizar rondas y todos aquellos esfuerzos que se establezcan como parte de sus funciones para resguardar la seguridad de los dependientes y clientes del establecimiento comercial.
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Tu seguridad es nuestra prioridad